La Carta Porte, un documento con reconocimiento internacional, es esencial para certificar la propiedad de la carga transportada en un vehículo, asegurando la legalidad de las operaciones comerciales.
En el contexto fiscal mexicano, circular por las vías federales requiere, además, contar con una Factura respaldada por un Complemento de CFDI.
¿Qué define a una Carta Porte?
La Carta Porte, presentada como un Complemento de Factura o Complemento de CFDI, tiene como propósito principal detallar la información relevante de la transacción comercial respaldada por un comprobante fiscal. Esta transacción implica el traslado de bienes o mercancías, ya sea mediante medios propios o a través de servicios externos de transporte.
¿Cuál es la función de los Complementos de Factura o CFDI?
Los Complementos de Factura complementan la información contenida en la factura, proporcionando detalles específicos sobre una operación relacionada con una industria o actividad particular. Mientras que los CFDI incluyen datos básicos como el monto total, impuestos, emisor y receptor, los Complementos agregan información detallada requerida por ciertos sectores para cumplir con las regulaciones fiscales y mejorar la transparencia en la rendición de cuentas.
Usos y Obligaciones de la Carta Porte.
La obligatoriedad de emitirla es tanto para las personas físicas como morales que requieran realizar el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional. En suma:
Propietarios: quienes trasladan los bienes con sus propios vehículos.
Operadores logísticos: figura considerada como intermediaria.
Transportistas: quienes realizan el movimiento.
Todos estos actores, tanto personas físicas como morales, están obligados a emitir la Carta Porte al trasladar bienes o mercancías en territorio nacional.
Procedimiento de Emisión de la Carta Porte
La Carta Porte se emite posteriormente a la factura, nunca antes, ya que es necesario registrar la operación que motiva el traslado o servicio prestado. Se genera antes de la movilización de los bienes o mercancías para amparar dicha movilización. Esta normativa se aplica a aquellos que trasladan sus productos, ya sea como materias primas o artículos terminados para su venta, utilizando cualquier modalidad de transporte: aérea, terrestre, ferroviaria, etc.
Esta consideración se aplica siempre que se utilicen las vías federales, no cuando se realicen traslados dentro de una misma ciudad; en algunos casos, en zonas limítrofes estatales donde se deban recorrer tramos federales, se aplica la regla de las distancias: el tramo no debe exceder los 30 km.
En resumen, la Carta Porte y los Complementos de CFDI son instrumentos esenciales para respaldar las operaciones comerciales en México, asegurando la legalidad y transparencia en el transporte de bienes y mercancías.
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