Si ya completaste tu Declaración Anual de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y te das cuenta de que contiene errores, existen dos opciones para corregirlos. Según el tiempo que tengas disponible, puedes optar por reemplazar la versión original con las correcciones necesarias o bien presentar una Declaración Complementaria si el plazo ya ha vencido.
Realiza las correcciones en tu Declaración Fiscal.
Una vez que has presentado tu Declaración Definitiva de ISR, es posible que te des cuenta de omisiones o datos que necesitan corrección. Es comprensible que te preocupes, ya que presentar este informe anual implica un proceso de revisión tanto por tu parte como por parte de la autoridad fiscal.
La buena noticia es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) entiende que todos podemos cometer errores y, por lo tanto, ofrece una oportunidad para corregirlos dentro del plazo establecido.
Cómo sustituir la Declaración Anual ante el SAT.
La solución es bastante sencilla: simplemente debes reemplazar la Declaración previa, asegurándote de que la segunda versión sea la definitiva.
Según el SAT, la modificación de las declaraciones “se efectuará mediante la presentación de Declaración que sustituya a la anterior, debiendo contener todos los datos que requiera la Declaración aun cuando sólo se modifique alguno de ellos”.
Una vez realizado este paso, puedes proceder con la presentación de la Declaración Complementaria.
Primer Paso: Declaración Normal.
Cuando se trata de presentar declaraciones fiscales, el primer paso es la Declaración Normal de impuestos. Esta etapa inicial implica informar a la autoridad tributaria sobre los resultados del ejercicio fiscal, antes de pasar a la Declaración Complementaria, que es la siguiente etapa.
Por lo general, si no hay ajustes necesarios a lo declarado inicialmente, esta etapa es suficiente. La autoridad fiscal prefiere evitar correcciones constantes, por lo que la Declaración Normal es el punto de partida ideal.
Esta etapa consiste en notificar a la autoridad tributaria sobre la actividad y el cumplimiento de obligaciones fiscales según el régimen fiscal específico. Esto aplica a cualquier tipo de declaración, ya sea mensual, bimestral, del IVA, del ISR, entre otras.
En este momento, nos enfocaremos en la Declaración Anual de ISR, que es especialmente relevante para Personas Morales y Físicas. Esta declaración se presenta en marzo para empresas y en abril para emprendedores y profesionales.
Diferencias entre Declaración Definitiva y Provisional.
A lo largo del año, los contribuyentes informan al fisco sobre sus ingresos, egresos e impuestos generados por sus actividades. Esto significa que no es necesario esperar hasta el final del ejercicio fiscal para reportar estos balances.
Las Declaraciones Provisionales son precisamente eso: informes que pueden tener diferentes periodicidades y que adelantan el balance general del ejercicio fiscal mientras este avanza.
Los Pagos Provisionales de impuestos, por otro lado, son anticipos cuyo propósito es reducir el monto del ISR a pagar en la Declaración Anual.
En contraste, las Declaraciones Definitivas se presentan año tras año como un resumen de lo sucedido fiscalmente durante el ejercicio. La Declaración Definitiva incluye las declaraciones provisionales realizadas previamente.
¿Cuántas veces puedo corregir mi Declaración Definitiva?
A menudo, corregimos un aspecto solo para descubrir que olvidamos otro. Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, ya que tienes tres oportunidades de corrección. Es decir, puedes realizar hasta tres modificaciones a cada Declaración Definitiva.
Esto aplica siempre y cuando estemos dentro del mes de la Declaración Anual: hasta el 31 de marzo para Personas Morales y hasta el 30 de abril para Personas Físicas.
¿Cuándo puedo realizar correcciones en mi Declaración de ISR?
La primera condición para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) acepte una segunda versión de tu Declaración Anual que corrija la previa es que aún no haya iniciado el proceso de comprobación.
Sin embargo, el Artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla algunas excepciones que permiten presentar la Declaración Complementaria incluso después de haber iniciado las revisiones por parte de la autoridad tributaria. Estas excepciones incluyen:
- Cuando solo haya aumentado tus ingresos o el valor de tus actos o actividades.
- Cuando solo hayas disminuido tus deducciones o pérdidas, o reducido las cantidades acreditables o compensadas, así como los pagos provisionales o contribuciones a cuenta.
- Cuando la presentación de la declaración que modifica a la original sea obligatoria según disposición expresa de la ley.
Parte 2: Presentar una Declaración Complementaria
Cuando el órgano tributario inicia sus procesos de comprobación, cualquier error en tus declaraciones podría salir a la luz y requerir corrección. Sin embargo, es mucho más conveniente anticiparse a este escenario tomando la iniciativa.
Para evitar futuras observaciones, se creó la Declaración Complementaria. Esta opción te permite corregir cifras o información incorrecta antes de que la autoridad fiscal lo solicite.
Existen varios escenarios que podrían requerir la presentación de una Declaración Complementaria, los cuales discutiremos a continuación. Por lo tanto, es importante emitir la Declaración Complementaria adecuada según tu situación específica.
Aplicación de multas en las Declaraciones Complementarias
Es importante destacar que si realizas correcciones dentro del período establecido según el Calendario Fiscal del SAT y dentro de tu mes correspondiente (marzo o abril), no estarás sujeto a multas adicionales.
Sin embargo, si ajustas el monto de tus ingresos o deducciones utilizando una Declaración Complementaria, deberás pagar el monto faltante junto con los recargos correspondientes.
Las tasas de estas multas varían, pero generalmente representan alrededor del 1% por cada pago, por lo que es importante revisar las publicaciones mensuales para conocer los costos exactos.
Variantes de Declaraciones Complementarias
Explora las opciones disponibles para elaborar tu Declaración Complementaria.
1.- Rectificación de Omisiones
Este tipo de Declaración Complementaria te permite incluir alguna obligación que hayas pasado por alto. Si este es tu caso, podrás corregir únicamente la omisión, sin modificar otras obligaciones previamente reportadas.
-Ejemplos de omisiones pueden ser: No declarar un impuesto correspondiente, una retención de salario a un empleado, o no informar un cambio en tu Régimen Fiscal sin haber presentado declaraciones previas bajo el nuevo régimen.
2.- Modificación de Datos Incorrectos
Con esta Declaración Complementaria puedes corregir información errónea previamente declarada.
-Por ejemplo, si omitiste ingresos, gastos o retenciones, corriges errores en el cálculo de impuestos, o no pagaste a tiempo los montos declarados.
3.- Cancelación de Obligaciones Erróneas
Esta variante de Declaración Complementaria anula las obligaciones que contienen errores relacionados con el periodo de pago o el concepto del impuesto declarado.
-Ejemplos incluyen la declaración de un impuesto incorrecto o errores en la selección del periodo fiscal.
4.- Dictamen o Corrección Fiscal
Ambos casos son similares y representan una solicitud de cambio.
-La Declaración Complementaria por Dictamen ocurre cuando tu declaración no está correctamente presentada y los dictámenes fiscales exigen modificaciones.
-La Declaración por Corrección Fiscal se aplica cuando el SAT determina que debes realizar ajustes en tu declaración.
Procedimiento para Presentar la Declaración Complementaria
El Portal del SAT, donde presentaste tu Declaración Anual de ISR, es el mismo lugar donde puedes gestionar la Declaración Complementaria.
Sigue estos pasos para realizar tu Declaración Complementaria:
- Accede al sitio web del SAT.
- Dirígete a la sección “Declaraciones” y selecciona “Declaración Complementaria”.
- Elige el periodo fiscal al que deseas agregar las correcciones.
- Incorpora la Declaración Complementaria a tu Declaración Anual. El sistema te proporcionará automáticamente un Folio Fiscal y la fecha de presentación de la Declaración Complementaria.
- Realiza las correcciones necesarias o añade la información omitida.
- Proporciona una breve descripción de las correcciones realizadas y completa tus datos personales.
- ¡Hecho! Asegúrate de revisar regularmente tu Buzón Tributario para estar al tanto de las comunicaciones del SAT.
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