¿Cómo emitir un comprobante de retenciones con complemento de dividendos?

¿CÓMO EMITIR UN COMPROBANTE DE RETENCIONES EN FÉNIX WEB?

El dividendo es una cuota que se reparte entre los accionistas. Un aspecto muy importante a considerar cuando una empresa realiza reparto de dividendos, es la emisión del comprobante fiscal por retenciones y pagos con el complemento de dividendos.

Recordemos que la ley del ISR (LISR), nos establece la obligación para la persona moral que realiza pagos por este concepto, de expedir un comprobante fiscal donde se indique el monto pagado y las retenciones efectuadas según el artículo 10 para personas morales, 140 para personas físicas y el 164 para residentes en el extranjero, así como si las utilidades que provienen de la cuenta de utilidad fiscal prevista en el artículo 77 o bien, si se trata dividendos a los que se refiere el artículo 10 de la misma ley.

Si bien la ley establece que el CFDI se tendrá que emitir cuando se realice el pago por concepto de dividendos, la regla 2.7.5.4 de la RMF nos da la opción de emitir un comprobante anualizado para cada persona a la que se le hayan efectuado pagos.
Este comprobante podrá emitirse a más tardar en enero del año siguiente en el que se realizaron los pagos.

A continuación te daremos una breve explicación para el llenado del comprobante de retenciones con el complemento de dividendos, dentro de Fénix web:

Folio interno: Capture el número con el que desea identificar internamente su comprobante.

Periodo: Encontrará tres campos por capturar:
– Ejercicio: Indicar el ejercicio en que se realizó el pago.
– Mes inicial: En caso de ser un comprobante anualizado, indicar el mes inicial del ejercicio en que se pagó, de lo contrario, indicar el mes en que se realizó el pago.
– Mes final: En caso de ser un comprobante anualizado, indicar el mes final del ejercicio en que se pagó, de lo contrario, indicar el mes en que se realizó el pago.

Complementos: Seleccione el complemento de dividendos.

Clave retención: Seleccionar dividendos o utilidades del catálogo disponible.

Totales: Deberá capturar los siguientes campos:
– Monto total: Indicar el importe del dividendo pagado.
– Monto gravado: Indicar el importe del dividendo pagado.
– Monto exento: No aplica exento para dividendos.
– Monto retenido: Indicar el importe de ISR retenido. No hay retenciones en montos provenientes de CUFIN antes de 2014.

Razón social: En automático el sistema capturará la razón social del emisor.

CURP: Si desea, puede capturar la CURP (personas físicas).

Casilla “Extranjero”: Si el receptor es extranjero, active esta casilla, para posteriormente agregar su número de registro fiscal, correo electrónico y nombre.

*Nota: Si el receptor es nacional, solo deberá seleccionarlo de su lista de clientes que previamente dio de alta.

Base del impuesto retenido: Este campo es opcional.

Tipo de impuesto: Seleccione ISR, IVA o IEPS.

Monto Retenido: Indique el monto retenido, este campo es obligatorio.

Tipo de pago:
– Provisional: es aquel que se podrá acreditar contra el ISR
del ejercicio de conformidad con lo que se establece en los artículos 10, 140 y 164 de la LISR.
– Definitivo: el impuesto definitivo será el 10% que se establece el 140 y 164 de la LISR.

 

A continuación te daremos una breve explicación para el llenado del complemento de dividendos:

Clave: seleccionar del catálogo de claves de dividendos si es proveniente de CUFIN, no proveniente de CUFIN, proviene de CUFIN al 31 diciembre 2013, reembolso o reducción de capital, liquidación de la persona moral o CUFINRE.
MontISRAcredRetMexico: Es el importe o retención del dividendo o utilidad en territorio nacional.
MontISRAcredRetExtranjero: Indique el importe o retención del dividendo o utilidad en territorio extranjero.
MontRetExtDivExt: Atributo opcional que expresa el monto de la retención en el extranjero sobre dividendos del extranjero.
TipoSocDistriDiv: Especificar si se trata de una empresa nacional o extranjera.
MontISRAcredNal: Indicar el monto del ISR acreditable en territorio nacional, en términos del artículo 140 de la LISR.
MontDivAcumNal: Indicar el monto acumulable en territorio nacional, en términos del artículo 140 de la LISR.
MontDivAcumExt: Indicar el monto acumulable en territorio extranjero.
ProporcionRem: Atributo opcional. Expresa el porcentaje de participación de los accionistas.

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