¿Qué son EFOS y EDOS?

¿Qué son las EFOS, EDOS y qué pasa si tengo relación comercial con alguna de estas empresas?

 

Tal vez has escuchado hablar en más de una ocasión sobre las EFOS y EDOS, la lista negra del SAT y facturas falsas, pero quizás no entiendas muy bien qué significan estos términos y qué pasa si tienes relación comercial con alguna EFOS o EDOS.
Aquí tenemos una breve y clara explicación a estas preguntas:

 

 

¿Qué son EFOS y EDOS?

Las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas, reciben el nombre de EFOS (también llamadas “empresas factureras”), mientras que las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas, son EDOS.

 

 

¿Qué es la lista negra del SAT?

La lista negra del SAT, es una relación de contribuyentes que el SAT ha detectado que expidieron CFDIs por operaciones inexistentes.
Consulta la lista negra del SAT aquí.

 

 

¿Qué es una factura falsa?

Una factura falsa puede ser cualquier CFDI que cumpla con toda la estructura indicada por el SAT, ya que se le considera “falsa”, no por estar generada de forma incorrecta, o porque el sello sea inválido, sino porque la operación reflejada en la factura, en realidad nunca existió y se emitió solo con el objetivo de evadir impuestos o en los peores casos, para lavado de dinero.

 

 

¿Qué pasa si tengo relación comercial con alguna EFOS o EDOS?

Todos los contribuyentes deben verificar si han realizado alguna operación comercial con una EFOS que aparezca dentro de la lista negra del SAT, esto para prevenir cualquier situación que pudiera afectarle y demostrar en tiempo que los bienes o servicios facturados, realmente existieron.

 

Es recomendable mantenerse al tanto del las actualizaciones que realiza el SAT en las listas, ya que, periódicamente pueden cambiar, es decir, si una empresa aparece en la lista de <<Presuntos>>, en poco tiempo, podría aparecer ya en la lista <<Definitivos>>, por lo tanto, el receptor se convertiría en una EDOS.

En caso de tener relación comercial con una EFOS que se encuentra en la lista <<Definitivos>>:

Operaciones reales: lo único que deberás hacer es comprobar la operación real al SAT con la documentación requerida en un plazo menor a 30 días hábiles.

Operaciones simuladas: deberás presentar las declaraciones complementarias en un plazo menor a 30 días hábiles para corregir la situación fiscal, disminuyendo el gasto amparado en la factura y pagando los impuestos deducidos indebidamente.

 

En caso de ser necesario, pide orientación a un profesional para resolver cualquier situación de manera correcta y con calma.

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