¿Necesitas más información para estar preparado y empezar a facturar con la nueva versión 4.0? Entonces es mejor que te des prisa, ¡el tiempo se está agotando!
Con sólo un mes restante antes de que la Factura 4.0 se convierta en la única versión autorizada para emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), es importante que te dediques a afinar los últimos detalles para estar listo y comenzar a facturar electrónicamente con éxito. Asegúrate de estar al tanto de los requisitos necesarios para cumplir con las leyes fiscales y evitar posibles sanciones o problemas en el futuro. La nueva versión de la facturación electrónica en México ha sido implementada desde el 1 de enero de 2022, por lo que es importante que te asegures de estar actualizado y preparado para cumplir con los cambios. Dedica tiempo para revisar los nuevos requisitos y asegúrate de tener todos los datos necesarios para elaborar las nuevas facturas electrónicas sin problemas.
¿Cuál es la fecha límite para cambiar a la nueva versión de facturación electrónica en México?
La Factura 4.0 es la versión actualizada de la facturación electrónica en México y reemplazará definitivamente a la versión anterior, la Factura 3.3, a partir del 1 de abril de 2023. Aunque la versión 4.0 ha estado en vigencia desde el 1 de enero de 2022, muchos contribuyentes han optado por seguir utilizando la versión anterior. Sin embargo, el período de transición está llegando a su fin y a partir del 31 de marzo de 2023, ya no se podrán generar ni enviar CFDI 3.3. Los intentos posteriores solo provocarán la invalidación automática del SAT.
¿Quiénes están obligados a utilizar la Factura 4.0?
Todos los contribuyentes, tanto Personas Físicas como Morales, sin importar a qué régimen fiscal pertenezcan, deben utilizar la Factura 4.0 para expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y cumplir con las leyes fiscales establecidas por el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF). En términos generales, esto se aplica a cualquier persona o empresa en México que necesite facturar, pagar impuestos, tener un empleo, entre otros. En resumen, la Factura 4.0 es una actualización obligatoria y necesaria para cumplir con los requisitos fiscales y mantenerse al día con las tendencias tecnológicas en México.
Este decreto incluye los siguientes escenarios:
- Por los actos o actividades que realicen;
- por los ingresos que perciban, o
- por las retenciones de contribuciones que efectúen.
Y en el caso de la contraparte, es decir los receptores, deberán exigir sus CFDI en situaciones de:
- Adquisición de bienes;
- disfrute de uso o goce temporal;
- servicios recibidos, o
- pagos parciales o diferidos que liquiden saldos.
Qué debes de tomar en cuenta para la factura 4.0 – Requisitos del CFDI 4.0
- Es importante tener en cuenta que con la llegada de la Factura 4.0 se han establecido nuevos requisitos tanto para el emisor como para el receptor de la factura. Antes, podías simplemente poner un nombre como “John Doe” o “Juan Pérez” en el campo de “Nombre”, pero ahora es obligatorio escribir el nombre completo y asegurarte de que coincide con la información que tiene el SAT en sus Listas de Contribuyentes Obligados (LCO).
- Esto es crucial para evitar cualquier tipo de discrepancia y hacer que la factura sea válida. Además, otros datos como el RFC, el Régimen Fiscal y el Código Postal también deben ser correctos y coincidir con los datos registrados en el SAT.
- Es por eso que el año pasado se anunció la necesidad de expedir o renovar la Constancia de Situación Fiscal (CIF), que es un documento oficial que valida la veracidad y actualidad de los datos. Muchas empresas están solicitando este documento a sus clientes para poder seguir emitiendo facturas.
- En cuanto a la información obligatoria de emisores y receptores que se debe ingresar en un Comprobante Fiscal, incluye el nombre completo en el caso de personas físicas, la razón o denominación social en el caso de personas morales, el Régimen Fiscal tanto del emisor como del receptor y el Código Postal tanto del lugar de expedición como del domicilio fiscal del receptor.
Actualización de datos fiscales
Para poder emitir y recibir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), es necesario cumplir con tres pasos importantes:
Como emisor, es importante contar con los datos fiscales actualizados. Si no los tienes, debes proporcionarlos lo antes posible a la autoridad fiscal, incluyendo los datos de contacto en el Buzón Tributario.
Al generar CFDI, debes asegurarte de tener un perfil de usuario renovado y actualizado en la plataforma de facturación automatizada que utilices.
Como receptor de CFDI, es necesario contar con la información completa y actualizada de tus proveedores para poder rellenar correctamente los campos de las facturas. Por lo tanto, es importante pedirles que te proporcionen sus datos actualizados.
Novedades de la versión 4.0 – Cambios en el CFDI 4.0
Después de las Reformas Fiscales 2022, se han introducido algunas novedades en el CFDI 4.0. Estas son algunas de las condiciones a tener en cuenta:
-El SAT podrá actualizar la actividad económica si la clave del producto o servicio en el CFDI no coincide con la actividad registrada en el RFC.
-Las operaciones de exportación de mercancías se identificarán de manera más clara.
-Se ha añadido un atributo para el sector primario.
-Sólo se puede usar el CFDI tipo P para el Complemento de Pagos.
-El complemento a cuenta de terceros se ha reemplazado por un nuevo elemento a nivel de concepto.
-Se ha incluido información para los comprobantes globales de contribuyentes adheridos al RESICO (Régimen Simplificado de Confianza).
-Cuando se emiten Notas de Crédito, se necesita un soporte documental que justifique los egresos, acreditando devoluciones, descuentos o bonificaciones.
-El Complemento Carta Porte del CFDI es obligatorio para el transporte de mercancías por tramos federales en cualquier vía de comunicación.
-La autoridad fiscal ha publicado nuevos catálogos y reglas de validación para el CFDI 4.0.
Principales diferencias entre la versión 3.3 y 4.0
Objeto del Impuesto en el CFDI
El campo del “Objeto del Impuesto” en el CFDI ha sido una fuente de confusión para muchos contribuyentes. Este campo ofrece cuatro opciones para elegir:
- “No Objeto de Impuesto”: se aplica a actividades que no están sujetas al impuesto dentro del territorio nacional.
- “Sí Objeto de Impuesto”: se utiliza cuando los contribuyentes están obligados a pagar el IVA por realizar actividades económicas en el país, como la venta de bienes, la prestación de servicios independientes, la importación de bienes o servicios, o la entrega de bienes para su uso o disfrute temporal.
- “Sí Objeto de Impuesto y No Obligado al Desglose”: se refiere a las contribuciones del IEPS.
- “Sí Objeto del Impuesto y No Causa Impuesto”: se aplica a actividades que están sujetas al impuesto (IVA) pero están exentas de él.
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