¿Qué es una sociedad mercantil y qué tipos hay?

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¿Qué es una sociedad mercantil y qué tipos hay?

Una sociedad mercantil es una persona jurídica que se crea para iniciar una actividad comercial con fines de lucro. En este sentido, se agrupan una o más personas físicas o morales, según la legislación mercantil, convirtiéndose ahora en socios para desempeñar una actividad económica.

Existen varios tipos de sociedad mercantil, que se define dependiendo de la actividad económica, la relación entre los socios, la responsabilidad, el riesgo asumido, y el objetivo social.
Pueden ser:

  • Sociedad en nombre colectivo: En ella pueden existir socios capitalistas, que aportan dinero, y socios industriales, que aportan su trabajo y reciben un sueldo por él. Los aportes pueden realizarse con trabajo, dinero o bienes. No existe un mínimo de capital social.
  • Sociedad en comandita simple: Los comanditados responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales. Los comanditarios únicamente están obligados al capital comprometido, no pudiendo intervenir en la gestión ni toma de decisiones de la empresa.
  • Sociedad de responsabilidad limitada: Las sociedades de responsabilidad limitada son recomendables para Pymes (pequeñas y medianas empresas), sobre todo cuando se constituyan con una parte de capital familiar. Se debe a que la responsabilidad está limitada al capital aportado, el cual se integra de las aportaciones de cada uno de los socios. Por ello, en caso de existir una deuda, los socios no están obligados a responder con su patrimonio personal, solo con lo aportado.
  • Sociedad anónima: Sus titulares, los accionistas, participan del capital social mediante títulos o acciones, las cuales establecen diversas jerarquías entre ellos. Las acciones tienen un valor nominal y privilegios o derechos vinculados a ellas.
  • Sociedad en comandita por acciones: Se rigen por las mismas reglas que la sociedad anónima y lo dispuesto para las acciones de los socios comanditados. Su capital está dividido en acciones y no se pueden ceder sin el consentimiento total de todos los socios. Tampoco se establece un mínimo de capital y la reserva debe ser el 5% de las utilidades anuales hasta llegar al 20% del capital social.
  • Agrupación cooperativa: Las empresas bajo este régimen deben fomentar la educación cooperativa, la ecología y la economía solidaria, para ir en concordancia con el concepto de cooperación.
  • Sociedad por acciones simplificadas: Está diseñada para constituir micro y pequeñas empresas que facturen menos de cinco millones de pesos por año, donde la responsabilidad y participación se limita a los recursos aportados por cada socio, que son representados en acciones. Además, solo se necesita un único socio para constituirla.
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